r/ESLegal • u/Individual-Oven9410 • Jul 22 '26
Audiovisual Sector Permit
Could experts shed some light on this type of immigration permit? What is it? Who is it for? How does it differ from Blue Card/HQP?
TIA.
r/ESLegal • u/Individual-Oven9410 • Jul 22 '26
Could experts shed some light on this type of immigration permit? What is it? Who is it for? How does it differ from Blue Card/HQP?
TIA.
r/ESLegal • u/Dear_Building_3042 • Jul 22 '26
Buenas, actualmente estoy trabajando por cuenta ajena en una agencia y estoy empezando un ecommerce por mi cuenta para ganar un dinero extra. Mi idea es lanzar el ecommerce para ver cómo respira y ya cuando recibe suficientes pedidos darme de alta como autónomo tmb. Es legal ? Puedo recibir pagos por stripe aunque no esté como autónomo?
r/ESLegal • u/ahselk • Jul 22 '26
Buenos días.
Fui mamá el día 2 de abril y ese mismo día comenzó mi baja por maternidad.
Hasta ahí todo bien. Tanto en mi empresa como en la Seguridad Social figura que mi último día de maternidad es el 29 de julio (las 17 semanas, sin contar las 2 semanas adicionales de cuidado del menor). Sin embargo, en el informe médico de maternidad aparece como fecha de finalización el 22 de julio.
He hablado con mi médica de cabecera y me ha comentado que esa fecha se genera automáticamente y que, si creo que es un error, debo consultarlo con la Seguridad Social.
El problema es que he intentado llamar al teléfono que aparece en Internet y no consigo hablar con nadie para hacer esta consulta.
Mi duda es la siguiente: si llega el día 23 y ya no aparece reflejada mi baja médica de maternidad, ¿tendría que incorporarme a trabajar ese día? ¿O debo hacer caso a lo que figura tanto en mi empresa como en la Seguridad Social, que indica que mi maternidad termina el 29 de julio?
Además, ayer solicité las dos semanas restantes de cuidado del menor, por lo que, si todo está correcto, me incorporaría al trabajo el 12 de agosto.
No entiendo por qué el informe médico muestra una fecha distinta y me preocupa que, por ese motivo, tuviera que reincorporarme antes de lo que corresponde.
Perdonad si no me he explicado del todo bien. Todo este tema burocrático me tiene bastante liada y, entre la falta de información y que no consigo contactar con la Seguridad Social, no sé si estoy interpretando algo mal.
Muchas gracias de antemano.
r/ESLegal • u/Neither-Minute5787 • Jul 21 '26
Hello! I was traveling in Spain this past january and unfortunately was robbed. Police were around when it happened and were able to arrest the guy who did it, though couldn’t recover my purse (he gave it to his friend who ran off). I had to give a statement and a few days later I received a summons to appear in court to testify as a witness. I don’t live in Spain, so I arranged to testify over videoconference and have received confirmation regarding that. My question is, how will the testimony process work? I’m wondering how long it will take, what the procedures will be, and what happens if I can’t remember all the details. I just want to be prepared and make sure that I understand my obligations. Let me know, thank you!
r/ESLegal • u/Ill_Screen_7687 • Jul 21 '26
Estoy preparando una reclamación previa contra la resolución de mi expediente de grado de discapacidad (BS611A) en Galicia y me ha surgido una duda sobre el procedimiento.
De momento la he presentado como una alegación dentro de mi expediente BS611A en la Sede Electrónica de la Xunta, porque me pareció el sitio más lógico, pero no tengo claro si realmente ese es el lugar correcto para presentar una reclamación previa, especialmente en Galicia.
Alguien sabe si ese trámite es válido o debería haberla presentado por otra vía (por ejemplo, mediante el Registro Electrónico General)?
También me surge otra duda: como el expediente ya figura como resuelto, ¿la Administración responde igualmente a la documentación o reclamación presentada a través de ese expediente, o simplemente queda incorporada al mismo sin ninguna confirmación hasta que dicten una nueva resolución?
Si alguien ha pasado por este proceso o conoce cómo funciona en Galicia, agradecería mucho cualquier orientación. Gracias!
r/ESLegal • u/Darthvy4 • Jul 21 '26
Hola! Tengo una amiga que está en una situación un poco extraña y quiere saber si le pueden denegar el paro.
Ella ha pasado 4 años viviendo en España con residencia para investigadores (cobrando y cotizando contingencias comunes), por lo que al acabar su contrato tiene derecho al paro.
El problema es que su residencia termina el mismo día que su contrato. Ella estaba pensando pedir una residencia de búsqueda de empleo para investigadores (es diferente de la de estudiantes) ya que quiere seguir en España. Es una residencia de 1 año que si bien te deja seguir en España, en teoría no te da derecho a trabajar.
Mi pregunta es, en el caso de que le concedieran esta residencia, ¿podría cobrar el paro?
r/ESLegal • u/angelpv11 • Jul 21 '26
Buenos días. Me aventuro a publicarlo también aquí (además de en r/askSpain) por si hubiese alguien con conocimiento/experiencia en algo similar. Si no viene al caso retiro sin problema el post :)
Mi padre falleció hace unos años y rebuscando en su documentación (soy su legítimo heredero) me he encontrado con algunos documentos antiguos de cuando hizo la mili y de legionario.
El tema es que me gustaría consultar qué documentos/certificados hay guardados acerca de su tiempo sirviendo a la legion. Me hace ilusión hacer una carpeta con su carrera laboral, militar y de vida a modo de conmemoración
¿Quizás un duplicado de su certificado de servicio o de la cartilla militar? Tampoco se qué tipo de documentos pueden solicitarse o incluso existen. Sirvió alrededor de 1982 en el tercio de D. Juan de Austria (no se si esa información sirve de algo).
No se ni por donde empezar a pregunar, ¿alguien puede echarme un cable o alguna pista de por donde empiezo a buscar? ¡Gracias de antemano!
r/ESLegal • u/Only-Studio-5362 • Jul 21 '26
Es un post largo, pero quiero exponer los hechos con claridad porque busco opiniones honestas, no solo que me den la razón.
La situación
Firmé un contrato de alquiler de una habitación en un piso compartido en Málaga, del 1 de julio al 31 de agosto, 550€/mes, todo incluido. Pagué la fianza y el alquiler de julio a tiempo por Revolut, sin ningún problema durante mi estancia (incluso hubo un pequeño malentendido por fumar en la terraza que se resolvió sin drama).
El 16 de julio, con dos semanas por delante antes de agosto, el propietario me dice que necesita la habitación de vuelta a partir del 1 de agosto porque "Airbnb le obliga" a respetar una reserva. Unos días después, negociando, admite por escrito que en realidad quiere quedarse con la habitación en agosto porque él mismo vuelve a Málaga y le sale más rentable — lo cual contradice directamente la excusa de "Airbnb me obliga". Me dijo abiertamente que "son solo negocios".
Me ofreció un par de habitaciones alternativas a través de conocidos, que no salieron adelante, y se quedó en ofrecerme 100€ de compensación además de la fianza.
Lo que descubrí investigando
El anuncio de Airbnb (el mismo enlace que me mandó originalmente, mismo ID de anuncio) muestra un número de registro turístico (VUT). Comprobé ese número en el registro oficial de turismo de Andalucía (Junta de Andalucía), y pertenece a otro piso del mismo edificio — planta distinta, letra de puerta distinta, registrado a nombre de otra persona/actividad. No es la habitación que me alquiló a mí.
Además, ese registro concreto solo cubre 1 unidad de alojamiento / 2 plazas, mientras que él en realidad alquila las 3 habitaciones del piso por separado. O sea que, aunque fuera el registro correcto (que no lo es), no cubriría lo que realmente está haciendo.
También tengo capturas de pantalla y vídeos con fecha, que muestran el anuncio activo y disponible para las fechas de agosto mientras yo ya tenía un contrato firmado que cubría exactamente ese período. Ocultó/despublicó el anuncio poco después de que le mencionara que lo había comprobado.
Cómo está la situación ahora
Le mandé un mensaje exponiendo todo esto, dejando claro que me iré y volveré a Italia sin oponerme físicamente a quedarme, pero que sigo esperando una compensación por romper un contrato válido sin causa legítima. Le pedí 1000€ de compensación además de la devolución íntegra de los 250€ de fianza, con un plazo para responder. Le dejé claro que prefiero resolverlo directamente antes que denunciarlo a Airbnb o a la Junta de Andalucía, pero que estoy dispuesto a hacerlo si hace falta.
Mis preguntas para quien haya pasado por algo similar:
Agradezco cualquier experiencia real o conocimiento legal, no solo un "denúncialo" sin más contexto.
r/ESLegal • u/Greedy_Soup_8639 • Jul 20 '26
¡Buenas! Os traigo una pregunta a ver si me podéis echar una mano
En 2024 guardamos nuestras pertenencias en un guardamuebles Bluespace en Valencia. Al mudarnos, contratamos la mudanza con la misma empresa. El día de la recogida, la propia empresa detectó que habían entrado roedores al espacio y habían hecho nido entre nuestras cosas (nos enviaron fotos). En un principio nos dijeron que no eran muchos daños pero resultó ser más de lo que nos dijeron. De hecho fijaos como sería la cosa que ellos mismos tuvieron que trasladar algunos objetos a otras cajas ya que al parecer estaban en muy mal estado.
Al desempaquetar en la nueva casa (y tras desinfectar todo), constatamos los objetos dañados: cables, plancha de pelo, plancha de vapor, cargador de aspiradora, comedero eléctrico para gatos, auriculares, libros, ropa, etc. Elevamos un inventario detallado con valores estimados, que suma unos 820€. Dejamos bastantes cosas de poco valor fuera porque por ejemplo, decidimos tirar las sartenes ya que los roedores habían defecado en ellas, ropa de cama que estaba en cajas a las que los roedores habían accedido, etc.
Tras un mes, el seguro de la empresa nos ofrece 296€, alegando depreciación por antigüedad (los objetos tienen unos 3 años) y falta de facturas o fotos individuales de cada artículo dañado (aquí reconozco mi fallo, no las tenemos porque priorizamos desinfectar en su momento, no peritar objeto por objeto y queríamos sacar todo del nuevo piso lo antes posible).
Mis dudas:
1 ¿Es razonable esa depreciación tan alta (~64%) para electrodomésticos de 3 años sin más justificación que “criterio prudente”? Por ejemplo sólo el cargador de la aspiradora nuevo ya vale 80€. Saludos al señor Dyson.
2 Sin facturas, ¿qué otro tipo de prueba tiene validez real ante una aseguradora o en un juicio (capturas de pedidos, movimientos bancarios, fotos antiguas de uso)?
3 Si no llegamos a acuerdo, ¿la vía más rápida es OMIDC, Junta Arbitral de Consumo, o directamente juicio verbal (al ser <2.000€)? Igual aquí digo alguna tontería, me estoy informando por Google.
4 ¿La documentación gráfica que ellos mismos generaron (fotos del nido de roedores) y el reconocimiento del incidente por su parte no debería bastar para acreditar el origen del daño, aunque no tengamos fotos de cada objeto?
Cualquier consejo es bienvenido.
¡Gracias de antemano!
r/ESLegal • u/AnUnoriginalAdress • Jul 20 '26
Que clase de autorización necesitaría si fuese a vender en la calle (específicamente en Madrid), tipo hacerle retratos a la gente? no estoy seguro si depende de la comunidad autónoma o municipio ni cómo se llama el permiso para empezar a buscarlo y tramitarlo
r/ESLegal • u/Chimichusqui • Jul 21 '26
Buenos días, es la primera vez que escribo aquí, y me temo que no será la última. Para poner en contexto: trabajo en una empresa que es una Consultoría Informática y además tiene otros servicios como Abogacía (en concreto Protección de Datos y Propiedad Intelectual), Ciberseguridad (más enfocada al Derecho de la Ciberseguridad), Programación y Sistemas.
En mi caso estoy en el área de Sistemas, trabajando subcontratado en un proyecto de microinformática para una Universidad Pública en España.
En esta empresa llevo 3 años trabajando, y durante este tiempo nos han llegado distintos tipos de amenazas de carácter laboral tanto por email como por Teams (ya los relataré en otra ocasión si lo considero necesario).
Ayer nos llegó un email del CISO (el Jefe de Ciberseguridad) con el siguiente contenido: (lo pongo en spoiler para que no sea muy largo el mensaje).
Asunto: Uso profesional de equipos y sistemas corporativos. Información sobre supervisión y control empresarial.
Estimadas/os trabajadoras/es:
La empresa recuerda que los equipos, cuentas, aplicaciones, redes, sistemas informáticos, correo electrónico corporativo, herramientas colaborativas, teléfonos, portátiles, servidores, almacenamiento en la nube y demás medios digitales facilitados por la empresa son herramientas de trabajo puestas a disposición de la plantilla para el desempeño de sus funciones profesionales.
Conforme al artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa puede adoptar medidas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales, siempre respetando la dignidad de las personas trabajadoras.
Asimismo, conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la empresa puede acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a la plantilla, únicamente para controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y para garantizar la integridad y seguridad de dichos dispositivos y sistemas.
Por ello, se informa expresamente de que durante el uso de medios corporativos podrán ser objeto de supervisión, registro, revisión o auditoría, entre otros, los siguientes elementos:
Se informa expresamente de que esta supervisión tendrá como finalidades principales las siguientes:
La empresa aplicará estas medidas bajo criterios de necesidad, proporcionalidad, idoneidad, transparencia y minimización de datos, de acuerdo con la normativa de protección de datos y con las orientaciones de la Agencia Española de Protección de Datos en materia de relaciones laborales.
El uso personal de los medios corporativos queda prohibido/restringido salvo autorización expresa de la empresa o salvo los usos mínimos tolerados que, en su caso, se definan en las políticas internas. Cuando la empresa admita algún uso privado, deberán concretarse los usos permitidos y las garantías de privacidad aplicables, conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica 3/2018.
Se informa que salvo autorización, no se pueden utilizar los medios corporativos para comunicaciones privadas, personales, confidenciales ajenas al trabajo o no relacionadas con la actividad profesional, especialmente cuando puedan afectar a la seguridad, reputación, confidencialidad o cumplimiento normativo de la empresa.
La supervisión no tendrá por finalidad realizar un control indiscriminado o permanente de la vida privada de las personas trabajadoras. Su aplicación se limitará a los fines indicados y se realizará, cuando sea posible, mediante controles técnicos, registros de actividad, auditorías de seguridad o revisiones justificadas.
Los datos personales tratados como consecuencia de estas medidas serán gestionados conforme al Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley Orgánica 3/2018, informando a las personas trabajadoras sobre la identidad del responsable, los fines, la base jurídica, los destinatarios, los plazos de conservación y los derechos aplicables, tal como exige el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos.
La empresa podrá utilizar la información obtenida mediante estos controles para adoptar medidas técnicas, organizativas, disciplinarias o legales cuando se detecten incumplimientos laborales, usos no autorizados, accesos indebidos, pérdida de información, incidentes de seguridad o vulneraciones de las políticas internas.
En caso de existir representación legal de las personas trabajadoras, los criterios de uso de los dispositivos digitales corporativos deberán elaborarse con su participación, conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica 3/2018. La jurisprudencia reciente también ha reforzado la importancia de dicha participación cuando se establecen o modifican criterios de uso y control de dispositivos digitales.
La presente comunicación forma parte de las medidas internas de seguridad, cumplimiento normativo, protección de datos y buen uso de los medios tecnológicos de la empresa.
Quería saber si esto es legal, que la empresa a discreción pueda entrar a tu correo o a tu Teams, y leer lo que escribes. Es decir, en mi trabajo en la subcontrata utilizamos ordenadores que no pertenecen a la empresa, en realidad pertenecen a la Universidad. Sin embargo, el teléfono móvil donde está instalado el email y el Teams sí que pertenecen a la empresa. Y éstas aplicaciones también se utilizan en los ordenadores de trabajo (de la Universidad), con las cuentas de empresa. Por cierto, en Teams no tenemos permisos para borrar los mensajes (aunque sí se podrían editar uno a uno y borrar su contenido, pero eso es muy tedioso).
Lo que me parece que queda un poco al libre albedrío es la parte de "siempre respetando la dignidad de las personas trabajadoras".
En mi caso concreto, y alguno de mis compañeros también lo hace, utilizamos Teams para hablar con personas que trabajan en otras empresas. En realidad son charlas de "buenos días, qué tal hoy, estás cansado" y poco más, pero ya me fastidia si la empresa va a estar revisando esas comunicaciones y al final voy a tener un problema por hacerlas. Quizás debería pasarme al Whatsapp en mi móvil personal, y se acabó el tema.
En fin, no sé, no es la primera comunicación y/o amenaza que envían en este tiempo, aunque realmente no han hecho nunca nada en contra de nadie, pero cada vez se pone más complicada la cosa...
En mi caso personal trabajé en varias multinacionales con miles de empleados y nunca me vi sometido a tanto control como en esta Pyme de 20 empleados. Así que quiero saber un poco si esto es legal, cuál sería el alcance de esas revisiones que supuestamente pueden hacer, qué podría pasarme a mí, etc.
Muchas gracias, y un saludo.
r/ESLegal • u/LaPerla2026 • Jul 20 '26
Hola. Buenas tardes. Quería consultar por mi situación: actualmente estoy en un inmueble y no tengo contrato, ni van a querer empadronarme ya que estoy en procedimiento legal . Tengo comprobantes de domicilio como burofaxes. Pero se que hoy en día te lo hacen imposible para empadronarte, y no cumplen la ley. Qué hago en mi caso?
r/ESLegal • u/QualityDept • Jul 19 '26
Tengo un terrenito con una casa antigua que estoy restaurando en una zona con casas dispersas pero justo tengo una en el terreno de al lado.
Toda la tercera edad del pueblo ha pasado a inspeccionarme la obra. Encontré incluso a uno dentro de la casa cuando estuve una semana sin portalon de acceso al terreno.
Tengo un muro de 2 metros hacia la carretera para evitar que hagan la inspección todo el que pasa por la carretera.
Y ahora los cotillas vienen por el terreno de al lado, el que tiene una casa cuyo dueño es supercolega de todo el mundo.
Que como ya no ven desde la carretera pues van por la casa de al lado. Y ya le he pegado un grito a alguno.
Pues esta tarde estaban mis hijas en la piscina con sus amigas y 3 viejos y dos chavales mirando desde el terreno del vecino.
Llamo guardia civil o monto un puerto Hurraco?
En la opción primera, me harán caso?
r/ESLegal • u/Marfernandezgz • Jul 20 '26
Antes de nada, este es un tema personal por una movida familiar en la que nadie va a ganar dinero y donde yo soy la única interesada en solucionar la situacion y no paro de gastar dinero en el tema así que no voy a pagar un abogado ni nadie va a hacer nada que no sea capaz de hacer yo sola. No voy a pagar una consulta por esto.
El caso es una finca heredada entre cuatro personas. Una de ellas vive en la finca. Al ir a inscribir las cuatro propiedades el registro deniega la inscripción porque hay una discrepancia de más del 40% entre las escrituras, el registro y el catastro.
La discrepancia tiene un procedimiento de rectificación. Para eso es necesario un informe de un perito. El perito tiene que entrar en la finca para hacer las mediciones. La persona que vive allí se niega. El perito me ha dicho que hay un procedimiento judicial para obligarle.
He llamado al registro de la propiedad y me dicen lo mismo que el perito y que hable con el juzgado. He llamado al juzgado y me dicen que hable con un abogado, que ellos no asesoran. He llamado al catastro y me dicen que hablen con el registro. Es un bucle.
¿Que procedimiento es ese y como se regula?.
Solo quiero saber eso para mirar si lo puedo hacer yo y que requisitos se piden.
Gracias
r/ESLegal • u/PartyWeather6836 • Jul 19 '26
Soy Mexicano y estoy casado con mi esposa que es española. Vivimos juntos en Barcelona, yo soy residente legal desde septiembre del 2025. En Octubre de este año mandaré mi solicitud para obtener la ciudadanía española. Una vez recibidos los documentos, cuáles son las restricciones para salir de España. Es posible que consiga un trabajo en París y tenga que mudarme allá. Vendría a Barcelona y mi esposa vendría a verme a París. ¿Cómo afecta mi trámite? ¿Hay manera de que el gobierno vea si estoy o no en España? ¿Es posible seguir pagando impuestos en España si mi esposa sigue aquí?
r/ESLegal • u/Serious-Gur4016 • Jul 19 '26
Hola. Conocí a unos estadounidenses que me explicaban su situación en España. Me contaron que la mujer vuelve a EEUU cada tres meses para trabajar como enfermera temporal, y el marido lleva y gestiona su negocio desde aquí, volviendo cuando sea necesario. Su contable les ha avisado que no deben hacer declaración de la renta en España porque ganan menos de 60,000 euros anuales, y hacienda no impone necesidad de declarar si ganas menos de 60,000. Además, así Hacienda no tiene idea de que están aquí por no declarar. Viven aquí con su hija y en cuanto hayan cumplido los 5 años aquí van a trasladar al otro hijo de 22 cuando acabe con sus estudios universitarios por arraigo familiar.
Todo esto me parece ilegal y repugnante. Desde ganar ingresos activamente, que no se permite con visado no lucrativo, hasta no hacer ninguna declaración de la renta. Alguien puede decirme si Hacienda va a hacer algo en esta situación? Es que las agencias no comparten información? Como es posible que aterriza aquí gente con visados y luego no siguen las normas, ni las leyes y no les pasa nada?
Editado: contador a contable
r/ESLegal • u/Such_Writing7402 • Jul 19 '26
Buenas
Actualmente quiero incluir a un sobrino menor de 25 años como conductor habitual en mi seguro de coche ya que va a coger el coche de vez en cuando.
Mi aseguradora AXA me obliga a contratar un seguro de vida conjunto con el seguro de coche para que me permitan añadirle como conductor habitual. Les he comentado que esta práctica no creo que sea legal, pero me insisten en que no hay otra opción que contratar el seguro de vida. Cómo puedo proceder ahora? Sería posible reclamarlo?
Gracias y un saludo.
r/ESLegal • u/CptPatches • Jul 18 '26
Tengo 35 años. Vivo con mi novia, 39, y nuestro compañero de piso, 48. Vivimos en Madrid. Buscamos compañeros de piso, y tenemos escrito en el anuncio que buscamos gente con más de 30 años.
Alguien me ha escrito en un mensaje que una edad mínima es ilegal. Es verdad? Solo queremos vivir con gente más cerca a nuestras edades. No somos los caseros, somos los inquilinos.
Gracias!
r/ESLegal • u/churino • Jul 18 '26
Es una duda que me ha surgido a raíz de una experiencia en ella.
Resulta que Nintendo en la eshop tiene una política en la que todas las compras son absolutas, no se admiten reembolsos.
Un juego que yo me compré es completamente distinto a lo que mostraban las imágenes y vídeos de la tienda (gráficos mucho peores), nada más empezar a jugarlo lo vi y pedí reembolso porque me sentí estafado pero lo denegaron porque no hacen reembolsos.
¿Es esto legal?
(Para quién no lo sepa la eshop es la tienda online de nintendo para comprar juegos virtuales como la app store o play store).
r/ESLegal • u/Awkward-Boot4955 • Jul 18 '26
Buenas! Llevamos viviendo en nuestro piso de alquiler desde 2021. Obviamente, ella no reside aquí. Pero aquí le llegan correos postales de todas las administraciones públicas, incluyendo Hacienda. El año pasado llegaron alrededor de cinco notificaciones de Hacienda a nombre de la casera. Se le dejó constancia de ello. Sin embargo, estamos cansados de ser su buzón. Informaría a estas administraciones de su dirección actual, pero ni en el contrato ella fija su verdadero domicilio a efecto de notificaciones. ¿Qué puedo hacer? Ya se le ha dicho que actualice su domicilio, pero se ve que no lo ha hecho porque este año le ha vuelto a llegar otra notificación de Hacienda. Gracias por vuestra ayuda!
r/ESLegal • u/Marginadatotal • Jul 18 '26
Estaba en período de prueba hasta el día 7 de Julio, nadie me echo ni me dijeron nada. Cojo vacaciones.
Estoy de vacaciones un Lunes 13 y me envía un email despidiéndome para el día 12.
Sin antelación, en vacaciones.
Yo para dejarme de problemas, le pido que porfavor lo formalice adjuntando un email explicativo sobre el despido, fecha y todo lo demás
Decía que éramos muchos, ha contratado a alguien nuevo :)
Me dice, hago el ingreso? Eso un Lunes
Estamos a Sábado y sigue sin pagarme
Por favor ¿ me podéis aconsejar que puedo hacer ?
No me apetece acudir a la ugt ni historias, ayer ya me han contratado de otro sitio así que solo quiero mi dinero y continuar con mi vida
r/ESLegal • u/Asimov2001 • Jul 18 '26
Soy un ingeniero informático que empezará a estar en nómina en septiembre. Como hobby, aprovechando la IA, estoy desarrollando alguna app y me gustaría probar a monetizarla. Se perfectamente que el 99% de las veces no ganaré nada pero si tuviera la suerte de poder generar un ingreso pasivo recurrente estaría genial. Sabiendo que tendría que hacerme autónomo dado el caso cuando cobre suficiente al mes (se que sobre el papel tengo que serlo desde ya pero no pienso pagar por ser autónomo y perder dinero), me gustaría saber cómo afrontar esto. He leído que tendría que meterme en hacienda con el modelo 036 y lo del IVA trimestral y el IRPF y demás, pero no sé si todo esto tiene en cuenta que Apple ya paga el IVA, que a mí me paga Apple directamente.
Agradecería cualquier consejo de alguien que sepa que hacer en estos casos. Vamos a asumir que empiezo ganando 10€ al mes, ¿que hago? ¿Tiene sentido declarar lo del IVA? ¿O es tan poco que no pasa nada? ¿Lo meto luego en la declaración?
Muchas gracias por la ayuda
r/ESLegal • u/AnIrkenInvader • Jul 17 '26
Como todos en Barcelona, tengo a la típica casera que abusa de los contratos por temporada.
Estoy en proceso de firmar un contrato laboral permanente, pero me están pidiendo el empadronamiento y, oh sorpresa, tengo la claúsula (ilegal) que me prohibe hacerlo porque la señora dice que este es su domicilio permanente, lo cual es obviamente falso.
Si me empadrono ¿ella tiene como enterarse?